Se han introducido nuevas deducciones en el IRPF por obras que mejoren la eficiencia energética en viviendas y edificios residenciales y en la exclusión de tributación en este impuesto de determinadas subvenciones y ayudas para la rehabilitación. El equipo de Fàbrega Consultors queremos compartir con vosotros los datos más importantes de esta noticia.

Se trata del Real decreto ley 19/2021 del 5 de octubre. En este se establecen nuevas medidas urgentes para impulsar la rehabilitación de edificaciones en el contexto del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, con efectos desde el 6 de octubre de 2021, y para obras que se realicen desde ese momento y hasta el 31 de diciembre de 2023. ¿Cuáles son estas deducciones temporales?

  1. Deducción por las obras realizadas que reduzcan un 7% la demanda de calefacción y refrigeración en vivienda habitual.

El porcentaje de reducción en este caso es de hasta un 20% de las cantidades satisfechas por las obras, con una base máxima de 5.000 euros por vivienda. 

  1. Deducción por las obras realizadas que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la cualificación energética consiguiendo las letras “A” o “B” en vivienda habitual.

El porcentaje de reducción en este caso es de hasta un 40% en las cantidades satisfechas por las obras, hasta un máximo de 7.500 euros anuales. 

  1. Deducción por actuaciones que reduzcan un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejoren la cualificación consiguiendo las letras “A” o “B” en edificios de uso predominante residencial.

En este caso, el porcentaje de reducción será de hasta un 60% de las cantidades satisfechas por el contribuyente titular de la vivienda, hasta un máximo de 15.000 euros, por obras de rehabilitación.

¿Tenéis previsto hacer obras en vuestra vivienda o comunidad de propietarios? En Fàbrega Consultors podemos informaros sobre las deducciones sobre las que podéis tener derecho.